Doctorado en Letras
Doctorado
En Mendoza

Descripción
-
Tipología
Doctorado
-
Lugar
Mendoza
MODALIDAD
Personalizada
DURACIÓN
5 años
EGRESO
Tesis
NORMATIVA
Aprobación Consejo Superior: Ordenanza N° 036/07-CS
Acreditación CONEAU: RESFC-2017-205-APN-CONEAU#ME
[Categoría A]
Documentos de la acreditación
Sedes y fechas disponibles
Ubicación
inicio
inicio
Opiniones
Materias
- Letras
Plan de estudios
El plan de estudios del posgraduando es presentado por el Director de Tesis y aprobado por el Comité Académico de la Carrera, en función de la temática de la Tesis elegida por el doctorando.
Se inscribe al doctorando por un lapso de cinco años. Durante ese tiempo debe cumplir con un Ciclo de Formación, y a la vez, redactar la tesis doctoral, bajo la guía del Director de Tesis y el control estricto del Comité Académico y la Secretaría de Posgrado.
Este Ciclo de Formación tiene dos finalidades:
a) que el doctorando perfeccione las pautas metodológicas para la elaboración de la tesis doctoral y
b) que consolide el conocimiento general y específico del área de investigación elegida.
Es organizado por el Director de Tesis, quien presenta una propuesta de cursos que se define en forma diferente y particular para cada alumno en función de la temática a ser tratada y acorde al nivel académico a otorgar. Además, debe contener obligatoriamente estudios sobre: Epistemología, Metodología de la Investigación, Producción del Discurso Académico-Científico oral y escrito. Se exige que dichas actividades cumplan con dos requisitos fundamentales: acreditar nivel académico de posgrado y poseer evaluación final.
El doctorando puede realizar el Ciclo de Formación en esta Casa de Estudios o en otros Centros de reconocido prestigio. El Comité Académico valora la intensidad, calidad y pertinencia para la aprobación del Ciclo de Formación.
El posgraduando debe cumplir, en cinco años, con un mínimo de 150 horas de cursos. A éstas se suman 300 horas de Tutoría. El Director de Tesis puede solicitar el reconocimiento de actividades de posgrado que hayan sido realizadas con anterioridad a la inscripción del postulante, siempre que las mismas cumplan con los requisitos expresados anteriormente y hasta un máximo del 40% (60 horas reales dictadas).
El postulante debe aportar la probanza correspondiente acompañada del programa que permita al Comité Académico juzgar los contenidos y la calidad de la actividad desarrollada. El Comité Académico de Doctorado puede eximir en forma total, por resolución fundada, a los doctorandos que certifiquen una relevante carrera justificada por publicaciones científicamente avaladas.
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