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    Curso

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    Buenos aires

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  • Derecho romano
  • Cultura de la Legalidad
  • Bienes y Sucesiones
  • Teoría de Derecho Penal
  • Sociedades mercantiles
  • Teoría General del Proceso
  • Derecho constitucional
  • Derecho Procesal Civil
  • Derecho fiscal
  • Filosofía del derecho
  • Lógica Jurídica

Profesores

Equipo Docente

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Plan de estudios

IMPUESTO DE SELLOS
  • 1. Introducción.
  • 2. Características del tributo.
  • 3. Hecho imponible: el principio de instrumentación.
  • 3.1. Breve referencia al régimen de coparticipación federal y las pautas uniformes allí establecidas.
  • 3.2. Exigencia de instrumento en los actos, contratos y operaciones entre presentes.
  • 3.3. Exigencia de instrumento en los actos entre ausentes (contratos formalizados por correspondencia).
  • 3.4. Exigencia de instrumento en las operaciones monetarias.
  • 3.5. Consecuencias de la instrumentación como hecho imponible.
  • 4. Hecho imponible. Onerosidad.
  • 5. Vínculo jurisdiccional.
  • 5.1. Principios generales.
  • 5.2. Doble imposición y métodos para evitarla.
  • 5.3. Definición del concepto “efectos en la jurisdicción”.
  • 6. Base imponible.
  • 6.1. Actos en general.
  • 6.2. Contratos de ejecución sucesiva.
  • 6.3. Tratamiento de las prórrogas.
  • 6.4. Cuestiones particulares del cálculo de la base imponible.
  • 7. Alícuotas.
  • 8. Pago y reducción por intervención de entidades recaudadoras.
  • 9. Exenciones.
  • 9.1. Consagradas por leyes federales.
  • 9.2. Consagradas por leyes locales. Exenciones genéricas. Exenciones específicas del impuesto de sellos.
  • 10. Sujetos pasivos.

EL DERECHO TRIBUTARIO SANCIONADOR
  • 1. El Derecho Penal Tributario. Teorías sobre su ubicación científica: administrativa, tributaria y penal. Naturaleza del ilícito tributario: delito y/o infracción. Potestad penal tributaria de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Principios constitucionales que rigen la materia penal tributaria: legalidad o reserva de ley, irretroactividad, retroactividad de las leyes más benignas, culpabilidad, proporcionalidad, doble instancia, ne bis in idem, derecho a no autoincriminarse, presunción de inocencia, defensa en juicio y plazo razonable.
  • 2. Clasificación de los ilícitos tributarios en el derecho positivo: infracciones formales y materiales. Los ilícitos tributarios en el Código Fiscal de la Ciudad (t.o. por dec. 193/12). Los bienes jurídicos tutelados. Distintos tipos de infracciones formales (infracciones genéricas a los deberes formales, omisión de presentar la declaración jurada o de proporcionar datos). La sanción de clausura. Naturaleza jurídica del acta de comprobación. Distintos tipos de infracciones materiales (omisión y defraudación). Formas de atribución subjetiva (el dolo y la culpa). El error excusable y otras causales de exculpación. Las presunciones de dolo. Graduación, exoneración y reducción de sanciones. La reincidencia. La condonación de sanciones.
  • 3. Los delitos tributarios en la ley penal tributaria 24.769, según las reformas incorporadas mediante la ley 26.735. El bien jurídico tutelado. La aplicación de la ley penal tributaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los problemas que se plantean respecto de los contribuyentes sujetos al Convenio Multilateral. Delitos tributarios, delitos relativos a los recursos de la seguridad social, y delitos fiscales comunes. La responsabilidad penal de las personas jurídicas. La regularización espontánea. El procedimiento administrativo y el proceso penal. Los juzgados competentes en el ámbito de la Ciudad.

EL DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
  • Límites constitucionales al ejercicio del poder tributario o “Estatuto del contribuyente”. Principio formal: legalidad o reserva de ley en materia tributaria. Preferencia de ley. Los decretos de necesidad y urgencia. La delegación legislativa. Veto y promulgación parcial de la ley tributaria. Los mecanismos de democracia semidirecta o participativa. La legislación tributaria de los gobiernos de facto. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
  • El “Estatuto del contribuyente” según el art. 51 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Examen de los principios de legalidad, irretroactividad, igualdad, no confiscatoriedad, equidad, generalidad, solidaridad, capacidad contributiva y certeza, según la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y del fuero contencioso administrativo y tributario.
  • El poder tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según la Constitución Nacional (art. 129) y conforme a la Constitución local. Cláusulas constitucionales con contenido tributario implícito. El derecho común dictado por el Congreso de la Nación como límite del Derecho Tributario local (arts. 75, inc. 12). La Cláusula Comercial (arts. 75, inc. 13). La Cláusula de Progreso (arts. 75, inc. 18). Los establecimientos de utilidad nacional (arts. 75, inc. 30). Poderes implícitos del Congreso Nacional (art. 75, inc. 32).
  • Coparticipación Federal de impuestos. Antecedentes y régimen actual. La reforma constitucional de 1994: a) acuerdos previos; b) adhesión; c) masa coparticipable; d) distribución primaria; e) distribución secundaria; f) la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; g) el organismo fiscal federal; h) regímenes especiales; e i) asignaciones específicas. El federalismo fiscal y sus implicancias respecto de la Ciudad.

UNA MIRADA ACTUAL DE LA CLASIFICACIÓN DE TRIBUTOS
  • El tributo. Concepto. Tributos vinculados y no vinculados. Clasificación tradicional: impuesto, tasa y contribución especial. Distinción con otros institutos: tarifa, precio y canon. La tasa: prestación efectiva del servicio. Irrelevancia de su denominación. Distinción con el impuesto y con la contribución especial. Jurisprudencia.
  • La contribución especial: contribución de mejoras. El peaje: naturaleza jurídica. Aspectos tributarios y administrativos. La libertad de circulación territorial. Circulación económica. Jurisprudencia.
  • Gravámenes por el uso y la ocupación de la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo de la vía pública: naturaleza jurídica. Contribución que incide sobre las compañías de electricidad. Servicios públicos: telecomunicaciones, producción y distribución de gas natural y energía eléctrica.

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